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El Ayuntamiento mejora el programa de respiro familiar para cuidadores de dependientes

El Gobierno local de Getafe mejora el servicio de Respiro Familiar, con el que presta apoyo a las familias que conviven o tienen a su cargo a personas dependientes o con discapacidad intelectual.

Así lo ha aprobado en su Junta de Gobierno, introduciendo novedades al servicio como la realización de talleres para cuidadores, y la realización de las horas de respiro en locales y centros asistenciales para las personas dependientes, con hasta 10 estancias al año.

El servicio de Respiro Familiar consiste en un dispositivo de apoyo, durante el fin de semana o en acontecimientos especiales de carácter puntual, a las personas cuidadoras, ofreciéndoles unas horas anuales de respiro para que la persona dependiente esté atendida por un profesional en el domicilio o en los casos que proceda, fuera del mismo, y el cuidador habitual disponga de ese tiempo para sí mismo. De esta manera un profesional se encarga de la vigilancia y cuidados a las personas dependientes, mientras descansa el cuidador habitual.

Actualmente Getafe está ofreciendo este servicio a 20 familias, pero con las nuevas mejoras se espera que otros vecinos y vecinas puedan solicitarlo y beneficiarse de un servicio que es inédito con respecto a otras ciudades.

Como explica la concejala de Bienestar Social, Nieves Sevilla “aumentamos los cuidados a las familias, porque sabemos lo duro que es convivir de forma permanente con una o más personas dependientes o con discapacidad intelectual a su cargo. Queremos ayudarles a poder descansar y tener ocio sin que tengan la preocupación de que sus seres queridos están bien atendidos”.

Las personas interesadas, pueden solicitar este servicio a través de la trabajadora social de su Centro Cívico, tras lo que se valorará y asignarán las horas según necesidades del usuario. La concesión de horas anuales a cada familia, para atender a la persona dependiente en su domicilio o fuera del mismo, durante el fin de semana, se establece en distintas modalidades, bien el Respiro mensual, consistente en la concesión de una bolsa de 36 a 48 horas anuales que se utilizarán 1 vez al mes, previa planificación del interesado de 3 o 4 horas durante los fines de semana. En la modalidad de Respiro quincenal se concede una bolsa de 72 a 96 horas anuales, que se utilizarán 1 vez cada quince días, en bloques de 3 o 4 horas durante el fin de semana. Por último está la modalidad de Respiro puntual-extraordinario, que consistente en una bolsa de un máximo de 16 horas anuales.

Las familias podrán solicitar esta modalidad de respiro familiar para atender situaciones en las que el cuidador debe tener una ausencia de carácter puntual, y en una fecha determinada, por asistencia a acontecimientos sociales o familiares de carácter extraordinario como bodas, comuniones y otros eventos familiares. Estas ausencias podrán tener una duración máxima de 8 horas. Se podrán conceder de forma aislada o complementaria de alguna de las otras 2 modalidades.

Las horas se prestan durante el fin de semana en alguna de las siguientes franjas horarias: viernes de 15:00 y 21:00 horas y sábados y domingos entre las 9:00 y 21:00 horas. Las horas de respiro puntual-extraordinario se presentarán en la fecha en la que se produzca el acontecimiento social al que deba acudir la familia, independientemente de que no coincida con fin de semana.