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Los partidos políticos no podrán superar los 20.000 euros de gasto en campaña

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Los partidos políticos que concurran a las elecciones municipales del próximo 26 de mayo en Getafe no podrán superar los 20.000 euros de gasto en propaganda electoral dentro del periodo de campaña, según recoge la Orden HAC/394/2019, de 3 de abril, por la que se fijan las cantidades de las subvenciones a los gastos originados por actividades electorales que ya ha sido publicada en el BOE.

Así, Según el artículo 193.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, en redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, “el límite de los gastos electorales para las elecciones municipales será el que resulte de multiplicar por 0,11 euros el número de habitantes”.

Esto supone que, en el caso de Getafe, con una población de 180.000 habitantes, los partidos que concurran a los comicios no podrán superar los 19.800 euros de gasto entre el 10 y el 24 de mayo de 2019, periodo estipulado para la campaña. De hacerlo, estarían incurriendo en delito electoral.

Con esta limitación de gasto, y en base a la información que ha podido obtener Getafe Actualidad por parte de los proveedores de soportes publicitarios, las formaciones apenas tendrán margen de maniobra para gestionar la colocación de banderolas, inserciones en prensa, vallas o buzoneos en un municipio con una población tan grande como es el caso de Getafe.