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La Justicia tumba la adjudicación del servicio de viajes para mayores del Ayuntamiento de Getafe

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública ha obligado al Ayuntamiento de Getafe a revocar la adjudicación del servicio de viajes culturales y de ocio para mayores de la localidad, eliminar dos de las ofertas presentadas y llevar a cabo una nueva adjudicación, tal y como aprobó la Junta de Gobierno el pasado 10 de agosto.

En concreto, el TACP se basa en su resolución en el recurso presentado por Nautalia, una de las empresas licitadoras, en contra de la adjudicación, por parte del Ejecutivo local a la empresa Viajes Halcón, por un importe de 145.000 euros.

Nautalia presentó dicho recurso alegando que tanto Viajes Halcón como Avoris Retail División habían incumplido los pliegos de condiciones, al ofertar alojamientos en hoteles que estaban a kilómetros de distancia, en algunos casos, de los lugares de destino en cada uno de los viajes programados desde el Ayuntamiento.

El tribunal reconoce el incumplimiento de las dos ofertantes y ha obligado a la Junta de Gobierno y a la Mesa de Contratación a revocar la adjudicación inicial y a retirar las dos plicas para adjudicar el servicio a Nautalia.

En su informe, el Tribunal arremete contra el propio Órgano de Contratación municipal y desestima sus alegaciones. “El PPT establece con claridad meridiana que en el caso de Viajes Culturales, estos alojamientos deberán estar ubicados dentro de las ciudades o poblaciones de destino (en ningún caso en la carretera) y desde los mismos se efectuarán las visitas y excursiones previstas en el itinerario del viaje cultural”, recoge literalmente la resolución.

Desde el TACP se añade que “carecen de consistencia las alegaciones presentadas por el órgano de Contratación, considerando suficiente la penalización de este hecho en los criterios  de valoración, cuando en realidad está contemplada en el PPT como prescripción  técnica definitoria de las características de los hoteles ofertados por los licitadores, por tanto de obligado cumplimiento para estos”.

E insiste en que “nada obligaba al órgano de contratación a introducir dicha exigencia como prescripción técnica y no como criterio de valoración, pero una vez ejercitada esa opción no puede obviar su exigencia a todos los licitadores”.

Además, el Tribunal cuestiona que la Mesa de Contratación alegase que Nautalia también habría incumplido los pliegos en alguno de los viajes propuestos ya que, según la resolución, “debería haber actuado en consecuencia” a la hora de proponer la adjudicación.