La sección sindical de CCOO en el Ayuntamiento de Getafe registró el pasado viernes 12 de enero un recurso de reposición contra las Bases y la Convocatoria de la Bolsa de Empleo de Administrativos convocada por el Gobierno local a través de la Junta de Gobierno para cubrir las necesidades de personal funcionario interino en el Consistorio o sus organismos públicos.
Tal y como informa el sindicado en un comunicado, el procedimiento impulsado por el Gobierno local “podría haber vulnerado el artículo 23.2 de la Constitución que reconoce como derecho fundamental de la ciudadanía el acceso ‘en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes’, así como el artículo 103. 3 que establece que la ‘Ley Regulará… el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad’.
CCOO subraya que la selección de personal funcionario interino debe realizarse por el procedimiento de oposición o concurso-oposición, debiendo incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación. “Sin embargo, las Bases aprobadas por la Junta de Gobierno establecen que el procedimiento se ajuste al sistema de concurso, un procedimiento que la ley permite solo con carácter excepcional, algo que esta vez el Gobierno municipal no ha invocado ni motivado, al contrario de lo que ha hecho en otras ocasiones”.
En este sentido, esas mismas bases valoran únicamente “la antigüedad por servicios prestados como Administrativos o Auxiliares Administrativos en la Administración Local”, cuando esta antigüedad debería hacerse extensible debería al resto de Administraciones Públicas, “por lo que se atentaría contra el principio de igualdad recogido en la Constitución”.
Asimismo, las Bases “incumplen el Estatuto Básico del Empleado Público y diversa legislación que es de aplicación, así como el Acuerdo del Personal Funcionario y otros acuerdos vigentes en el Ayuntamiento”, lo que ha llevado a CCOO a considerarlas “nulas de pleno derecho” y a solicitar la suspensión del proceso “con el fin de evitar graves perjuicios de imposible o difícil reparación tanto para quienes participen en el concurso como para nuestra propia Administración”.